Defensa de los jueces
Hace un par de años, en estas mismas páginas, trataba de analizar el delicado momento que atravesaba la justicia española debido a las embestidas que estaba sufriendo. Desde los insultos
En GÓMEZ DE LIAÑO & MÁRQUEZ DE PRADO se cuenta con una amplia experiencia en la defensa de personas jurídicas implicadas en procedimientos penales, con un equipo de abogados especializado en casos de gran complejidad, que diseñan las estrategias de defensa más convenientes a las necesidades y circunstancias de cada cliente, afrontando, de este modo, acusaciones por delitos económicos y corporativos, como defraudaciones, blanqueo de capitales, delitos contra la Hacienda Pública, delitos relacionados con la corrupción, delitos medioambientales y contra la seguridad en el trabajo, entre otros.
Conocedores del impacto que un proceso penal tiene sobre la empresa, tanto en la operativa como en su reputación, el análisis y orientación que en GÓMEZ DE LIAÑO & MÁRQUEZ DE PRADO se da al cliente es exhaustivo. No solo se trabaja en defensa de los derechos del cliente en el proceso penal ya iniciado, sino que, al propio tiempo, se ofrece asesoramiento anticipado o preventivo sobre cumplimiento normativo y gestión de riesgos, lo que significa una ayuda de primer orden en aras a mitigar las secuelas de eventuales investigaciones y, además a lograrlo en las diferentes jurisdicciones donde el procedimiento se desarrolle.
De ahí que en esa tarea de defensa primen objetivos tan relevantes como evitar el riesgo de sanciones, las pérdidas económicas y los daños al buen nombre que la empresa tiene, para lo cual la comunicación cercana con el cliente durante el proceso resulta esencial.
Se trata de una de las especialidades que el bufete brinda y que consiste en el asesoramiento y defensa en los asuntos que se tramitan en esa Fiscalía, encargada de investigar y perseguir los delitos «transnacionales», llamados así porque afectan a los intereses financieros de la Unión Europea como, a modo de ejemplo, los fraudes relacionados con los fondos de la propia Unión Europea, las defraudaciones del IVA, el blanqueo de capitales y la corrupción.
La defensa en estos asuntos consiste en asistir al cliente en todas las fases del proceso seguido en la Fiscalía Europa y que van desde el inicio de la investigación preliminar hasta, en su caso, la defensa en el juicio.
Por la naturaleza de este tipo de procedimiento, en el que juegan tanto la ley nacional como la normativa europea, una defensa diestra, coherente y eficaz exige la intervención coordinada de profesionales expertos en diferentes ramas del derecho.
Ofrecemos asesoramiento y defensa en casos que involucran violaciones de la normativa urbanística y medioambiental, representando a individuos, empresas y entidades involucradas en situaciones complejas relacionadas con el uso del suelo, la construcción y la protección del entorno natural.
Nuestra experiencia abarca tanto la defensa ante acusaciones de desarrollos urbanísticos ilegales, construcciones no autorizadas, y cambios de uso del suelo sin licencia, como casos de incumplimiento de normativas de impacto ambiental y protección de recursos naturales.
Asimismo, defendemos a nuestros clientes frente a acusaciones de vertidos ilegales, emisiones contaminantes, deforestación y otras prácticas que ponen en riesgo el medio ambiente. Comprendemos la gravedad de estas acusaciones, que pueden llevar a sanciones administrativas y penales severas, así como daños reputacionales importantes. Por ello, desarrollamos estrategias de defensa basadas en un análisis técnico y jurídico exhaustivo, buscando siempre minimizar el impacto legal y proteger los intereses de nuestros clientes.
En GÓMEZ DE LIAÑO & MÁRQUEZ DE PRADO, ofrecemos una defensa integral en casos de contrabando y comercio ilícito, protegiendo los derechos de nuestros clientes frente a acusaciones de actividades comerciales ilegales.
Los delitos de contrabando, que abarcan el transporte, importación o exportación de bienes y mercancías sin la debida autorización aduanera o en incumplimiento de normativas fiscales, pueden tener graves repercusiones legales y económicas, incluyendo sanciones penales y administrativas.
Defendemos tanto a individuos como a empresas acusadas de participar en operaciones de contrabando, desarrollando estrategias de defensa que examinan minuciosamente las circunstancias del caso, la cadena de suministro y la documentación aduanera. Nuestro equipo se especializa en identificar irregularidades en los procedimientos de inspección y en cuestionar la legalidad de las pruebas presentadas por la acusación. Asimismo, abordamos casos de contrabando relacionados con productos sensibles, como bienes de consumo masivo, tabaco, alcohol, armas, medicamentos y sustancias controladas, que a menudo implican normativas y tratados internacionales.
Además, nuestro enfoque incluye la defensa ante acusaciones de delitos conexos, como el fraude fiscal y el lavado de activos, que a menudo están relacionados con el contrabando. Trabajamos de manera conjunta con expertos en derecho aduanero, economía forense y comercio internacional para ofrecer una defensa exhaustiva y bien documentada, protegiendo los intereses de nuestros clientes en todas las fases del proceso. Nuestro objetivo es asegurar que nuestros clientes enfrenten estos procedimientos con la mayor preparación y respaldo legal, minimizando los riesgos de sanciones y daños reputacionales.
El Derecho Penitenciario, como disciplina autónoma regida por el principio consagrado en el artículo 25.2. de la Constitución de que las penas privativas de libertad están orientadas hacia la reeducación y reinserción social, desarrollado por la Ley Orgánica General Penitenciaria de 26 de septiembre de 1979, hace necesario que esta rama del derecho, situada en el marco del denominado derecho de ejecución penal, merezca una atención especial que garantice el correcto funcionamiento de la ejecución de la pena por parte de la administración penitenciaria y, en suma, el estricto cumplimiento del principio de legalidad, en cuya tarea la figura del Juez de Vigilancia Penitenciaria se constituye como verdadera autoridad jurisdiccional, sin perjuicio de las superiores competencias de los tribunales de apelación o de ejecución, como la Audiencia Nacional o las Audiencias Provinciales.
En relación a esta rama tan específica del derecho penal, el bufete GÓMEZ DE LIAÑO & MÁRQUEZ DE PRADO viene ofreciendo, desde sus inicios, la asistencia jurídica que, en diferentes vertientes, precisan las personas condenadas y la defensa de sus derechos e intereses no afectados por la condena, como, a título de ejemplo, la suspensión o sustitución de la condena impuesta, la clasificación de grado y su eevolución la libertad condicional, el régimen de permisos, las redenciones, los traslados o el régimen penitenciario sancionador.
La prerrogativa del derecho de gracia que la Constitución atribuye al poder ejecutivo es una de las instituciones jurídicas más polémicas en el marco de la ejecución de las penas, que se aplica a través de las figuras de la amnistía y el indulto, este último regulado por una ley del siglo XIX, concretamente la de 18 de junio de 1870, de Reglas para el Ejercicio de la Gracia de Indulto y que fue modificada por la Ley 1/1988, de 14 de enero.
Precisamente por las controversias que suscita, hasta el punto de haber llegado, en algunos casos, a provocar notables revuelos en la opinión pública, el indulto, como causa que extingue la responsabilidad criminal conforme al artículo 130 del Código Penal, o la aminora, exige, tanto en la solicitud del indulto particular, como en su tramitación y hasta ejecución, una técnica especial que tenga por objetivo último alcanzar la rehabilitación de quien en su día fue condenado.
Hace un par de años, en estas mismas páginas, trataba de analizar el delicado momento que atravesaba la justicia española debido a las embestidas que estaba sufriendo. Desde los insultos
El 22 de diciembre de 2025, Gabriel Albiac anunciaba en El Debate una verdad elemental y profunda: «El presidente es ya un cadáver. Él no lo sabe. No quiere saberlo.

Supongo que la mayoría de los lectores conocen la decisión del magistrado de la Audiencia Nacional don José Luis Calama de citar en calidad de investigado al que fue presidente
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